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Renuncia de Titulares:

 

CIRCUITO DE TRÁMITE

 

  • El docente inicia el trámite en el Establecimiento, quien convalida y envía a SAD presentando el Formulario de Renuncia, acompañando las probanzas de designación.

  • La Dirección de Movimiento de Personal una vez proyectado el acto resolutivo, enviará el expediente a la SAD, a los efectos de notificar al docente.

  • Una vez notificado el docente, se produce la liberación de la vacante correspondiente.

  • El personal docente titular deberá ingresar el trámite ante la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) del distrito presentando el “Formulario de Renuncia” (IF-2024-02414275-GDEBA-DGADODGCYE) firmado por el/la Director/a del establecimiento educativo y acompañado de las probanzas de designación (titular interino o definitivo, acrecentamiento, titularización masiva, etc) y copia del DNI (anverso y reverso).

Documentación: Solicitud. / D.N.I. / COULI o Toma de Posesión.

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READECUACION DE TAREAS:

Se recuerda que el procedimiento para otorgar el destino a un docente con READECUACION DE TAREAS otorgado por la Junta Médica correspondiente puede presentar las siguientes características:

1- Docente que la junta médica le otorgó READECUACION DE TAREAS con indicación de NO PERMANECER FRENTE A ALUMNOS pero SIN  NINGUNA OTRA RESTRICCION este caso el docente al día siguiente al de su readecuación deberá concurrir a sus escuelas de base pero ya no podrá estar frente a los alumnos. No es necesario concurrir a SAD para cumplimentar formularios. Las indicaciones son dadas por la Junta Médica integrada por los profesionales de la salud quienes tienen facultades para tomar decisiones sobre la situación de salud planteada.

 

2-Docente que la junta médica le otorgó READECUACION DE TAREAS con indicación de NO ESTAR FRENTE AL ALUMNO y además agrega SUGERENCIAS  tales  como " no subir escaleras" "no trasladarse" "concentrar en un lugar sus actividades". Solo en este caso la SAD procederá a analizar el cambio de destino de la readecuación de tareas en este caso si deberá pasar por SAD para que se cumplimente el respectivo formulario de cambio de destino por readecuación.

EL DESTINO A LA READECUACION DEPENDE EXCLUSIVAMENTE DE LAS INDICACIONES QUE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD EN EL DICTAMEN CONSIGNAN.

 

"Una vez otorgada la readecuación de tareas, la secretaria de asuntos docentes procederá a dar destino, para lo cual el docente debe presentarse en las oficinas."

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 LIC. 114. i. 2. 1. LIC. POR FAMILIAR ENFERMO

 Todo  docente que solicite licencia por cuidado de familiar enfermo a cargo podrá solicitarla hasta un máximo de 2 años en toda su carrera docente.

En casos en que las circunstancias lo aconsejen, podrá excepcionalmente concederse ésta licencia, con goce de haberes por el máximo de un ( 1 ) año en cualquier situación de revista, titular o provisional.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR

 Deberá armar el legajo para ser elevado a la correspondiente para ser presentar en la secretaria de asuntos docentes en el horario de 8 a 14 hs. para su seguimiento.

  • Primer archivo: Formulario de Solicitud de Licencia.

 Consignar: Apellido y Nombre – Licencia 114º Inc. 1.2.1

En caso de que el docente licenciara desempeños en más de una escuela deberá presentar el formulario correspondiente en cada una de ellas, indicando claramente, desde-hasta, firmado y  además deberá entregar copia a cada una de las escuelas que solicite la licencia.

  • Segundo: Documentación.

Consignar: Documentación – Apellido y Nombre.

– DNI del docente  – Certificado que acredite el vínculo con el familiar enfermo (cónyuge, cónyuge aparente, o parientes directos),  Ej. Certificado de matrimonio, de nacimiento, sentencia de adopción o0 información sumaria de la convivencia.

– Certificado médico actual y legible, que especifique:

  • Cuál es la enfermedad del familiar.

  • Qué impedimento físico o psíquico provoca aquella.

  • Cómo limita la capacidad de obrar por sí mismo.

  • Necesidad de contar con los cuidados por parte del docente.

  • Período de tiempo estimado de aquellos, el cual deberá coincidir con lo solicitado por la docente.

– Informe del Orientador Social del Distrito, dependiente de la DGC y E

Debe ser actual y la firma debe estar respaldada por el Inspector de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social. El orientador debe especificar:

  • Si el docente es o no su única compañía y si se encuentra o no a cargo del enfermo, ya sea por no existir otros familiares directos o, en caso de existir, debe explicitar por qué no pueden hacerse cargo de los cuidados.

  • Cómo está constituido el grupo familiar: edades y actividad laboral.

  • Razones por las cuales el docente puede prestar servicios en/los cargo/s en que solicita la licencia.

— Si solicita con goce de haberes se requiere además

  • En el informe del Orientador social debe constar la situación socioeconómica del grupo familiar, de manera tal que permita determinar la necesidad de contar con los haberes, en atención a los ingresos y los regresos de todo el grupo familiar.

  • A fin de acreditar la situación socio económica informada al Orientador Social, el docente deberá acompañar:

– Recibos de sueldo o ingreso de TODO el grupo familiar conviviente y/o declaración jurada si alguien de los integrantes se encuentra desocupado. Si el docente se encuentra separado de hecho o divorciado debe acreditar dicha circunstancia con copia autenticada de la información sumaria o copia autenticada de la sentencia de divorcio, respectivamente. En estos supuestos deberá acreditar también el monto que percibe en concepto de cuota alimentaria y en caso de no percibir dicha cuota, deberá acompañar original o copia autenticada de información sumaria que lo acredite.

– Egresos y/o gastos derivados de la enfermedad del familiar, por ejemplo: contrato de alquiler, gastos médicos (tratamiento, estudios, medicamentos), gastos de traslados, etc.

Se adjuntan formularios referidos a este tipo de licencia.

 

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TRASLADOS INTERJURISDICCIONALES:

 

Pueden ser TRANSITORIOS (Ley N°9389/79) o DEFINITIVOS (Ley Decreto PEN N°134/09)

Las causales sólo pueden ser dos: UNIDAD FAMILIAR o ENFERMEDAD

Los traslados pueden solicitarse hasta el 31 de octubre., pudiendo ser otorgado en cualquier momento del año, si se otorgara en los últimos dos meses del año se efectivizará el 1 de marzo del año siguiente.

DESCARGAR DECLARACIÓN JURADA - DECRETOS - ETC.

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 Ley 14893 : " LICENCIA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA" y Decreto N° 121/2020

 

  La docente que solicita tal licencia deberá presentarla en la SAD con la siguiente documentación: 

  • Planilla que se adjunta 

  • Constancia que acredite haber realizado la correspondiente denuncia, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente  de la solicitud. 

El plazo de presentación podrá ser prorrogable por tres días hábiles cuando exista imposibilidad de cumplimiento por parte de la trabajadora .

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 DPAJyC - SOLICITUD DE TURNO PRESENCIAL

Para asesoramiento y seguimiento de sus trámites.

 > Desde abc.gob.ar podes solicitar tu turno. Ir a > "Jubilaciones" / Turno Online.

 

O simplemente desde aquí utilizando el código QR correspondiente: ​

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