COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 3/2025, Puntaje Anual Docente 2025 (PAD)
- sadezeiza130
- hace 3 horas
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Consideraciones correspondientes a la COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 3/2025, Puntaje
Anual Docente 2025 (PAD)
Para tener en cuenta:
- PERIODO DE EXHIBICIÓN: del 5 de mayo al 16 de mayo de 2025
- PRESENTACIÓN DE RECLAMOS/RECURSOS: hasta el 30 de mayo inclusive.
- De manera presencial, de 8:30 a 15:00 horas, en la sede de La SAD (Zapala 420, Villa Golf, La Unión)
- A través del correo electrónico pad2020sad130@abc.gob.ar
- Aquellos docentes que decidan optar por la presentación en formato papel deberán presentar toda la
documentación en un folio.
- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN TODOS LOS RECLAMOS:
- Planilla de reclamo de PAD adjuntando la documentación solicitada según el ítem recurrido.
- Documentación a presentar según el ítem Recurrido:
- 1. Título Habilitante:
- Ley N° 10579/87, Artículo 50 inc. A.1 y Artículo 60 inciso A.
- Documentación: Título digitalizado (anverso y reverso) registrado en el organismo correspondiente de la
DGCyE (con fecha y firma visible del registro)
- Títulos y Cursos Bonificantes:
- Ley N° 10579/87, Artículo 50 inc. A.2 y 3 y Artículo 60 inciso H.
- Documentación: Títulos y cursos digitalizados (anverso y reverso) registrados en el organismo
correspondiente de la DGCyE (con fecha y firma visible del registro)
Secretaria de Asuntos Docentes de Ezeiza
Zapala 420 - Villa Golf - Ezeiza
Secretaria de Asuntos Docentes
Ezeiza
Zapala 420 - Villa Golf - Ezeiza
- Cargo Jerárquico:
- Ley N° 10579/87, Artículo 50 inc. A.4.
- Documentación:
- Disposiciones de asignación y limitación de funciones. En el caso de no contar con el acto administrativo
de limitación de las funciones jerárquicas transitorias, se adjuntará una constancia firmada por
autoridad competente (Inspector/a de Área, Inspector/a Jefe Distrital o Regional) que especifique la
continuidad o la limitación en la función. En la misma debe constar: El nivel, modalidad correspondiente,
distrito, cargo, establecimiento, fecha de inicio y cese o continuidad del desempeño.
- Antigüedad:
- Ley N° 10579/87, Artículo 50 inc. B y Artículo 53 y Resoluciones 11791/99, 4607/98 y 1277/99.
- Documentación:
- Formulario 354 para instituciones educativas de Gestión Estatal (debe presentarse debidamente
cumplimentado y firmado por autoridad competente)
- Certificación Digital y constancia de la institución para instituciones educativas de Gestión Privada.
- Promedio de Calificaciones:
- Ley N° 10579/87, artículo 50 inc. C.
- Documentación: Copia autenticada de la planilla resumen de calificación anual docente de la escuela o
SET 4, de los años que correspondan.
- Docentes omitidos en el Listado de Puntaje Anuel Docente (PAD):
- Para aquellas/os docentes que fueron omitidas/os en los listados, además de la planilla de reclamo y la
documentación requerida para reclamar cada ítem, deberán adjuntar el acta de designación como
titular con destino definitivo o acta de notificación de movimiento anual docente y/o acrecentamiento.
- CANALES DE CONSULTA: Para realizar consultas o aclarar dudas respecto a la modalidad de presentación
de recursos en el distrito, estará habilitada la casilla de correo electrónico destinada al tratamiento del
Puntaje Anual Docente (PAD) de la Secretaría de Asuntos Docentes: pad2020sad130@abc.gob.ar
- La notificación del PAD se realizará a través de la plataforma ABC en el espacio web SERVADO PAD
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